Datos Generales de Entidad
El Hospital de Emergencias Pediátricas, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 27806, modificada por la Ley 27927, ambas sistematizadas en el D.S Nº 043-2003-PCM, pone a disposición de la ciudadanía en general la información siguiente: Presupuesto, Recursos Humanos, Contrataciones y Adquisiciones, Progresos realizados en los Indicadores de Desempeño, Proyectos de Inversión Pública. (Mejorando por ti y para ti)
Marco Presupuestal (PIA, PIM)
Calendario Mensual de Pagos - Aprobados
Reporte SIAF de la ejecución mensual
Reporte Recaudación
Listado de Proyectos de Inversión
Información del Personal
Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
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El Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Hospital de Emergencias Pediátricas es el Documento de Gestión Institucional que contiene los cargos definidos y aprobados, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones – ROF.
Mediante Resolución Ministerial Nº 428-2007/MINSA, del 25 de mayo del 2007, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital de Emergencias Pediátricas, en concordancia a la Resolución Ministerial Nº 616-2003-SA/DM, que aprueba el Modelo de Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales, y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las Entidades de la Administración Pública; quedando derogada la Resolución Ministerial Nº 801-2003-SA/DM, del 09 de julio del 2003.
Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 345-2010/MINSA, del 21 de abril del 2010 se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Emergencias Pediátricas; en concordancia con el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, del 18 de junio del 2004, quedando de esta manera, derogada en su totalidad, la Resolución Ministerial Nº 823-2007/MINSA, del 02 de octubre del 2007.
El Cuadro para Asignación del Personal del Hospital de Emergencias Pediátricas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2010/MINSA, se ha formulado a partir de la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Hospital, y cumple con los criterios establecidos por el DS Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, y por la Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA, que aprueba la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP-V.02, “Directiva para la Formulación de Documentos Técnico Normativos de Gestión Institucional del MINSA”, modificada por la Resolución Ministerial Nª 317-2009/MINSA.
Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
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Es un documento técnico normativo de gestión institucional, cuya finalidad es regular la estimación de los costos de personal, del número de plazas necesarias para un período determinado en función del Presupuesto aprobado (la disponibilidad presupuestal).
La elaboración del Presupuesto Analítico de Personal se hace tomando como base el Presupuesto Autorizado en el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, el CAP aprobado y la clasificación de cargos institucionales aprobados y vigentes.
El Presupuesto Analítico de Personal - PAP, debe ser elaborado por el Equipo de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina de Personal del Hospital de Emergencias Pediátricas, y aprobada por la Oficina de Personal, la Oficina Ejecutiva de Administración y la Dirección General.
El Presupuesto Analítico de Personal - PAP, es un instrumento de naturaleza anual similar al período de vigencia de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
El Presupuesto Analítico de Personal - PAP, solo puede ser modificado si a la vez se modifica el CAP y el presupuesto que lo financia, siguiendo los procedimientos de modificaciones presupuestales que señala la Ley de Presupuesto y sus Directivas.
Para la contratación de personal en planilla se deberá tomar en cuenta el PAP de la Unidad Ejecutora.
Cualquier modificación en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, que exceda el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales deberá en primera instancia tramitarse la modificación presupuestal correspondiente y obtener la aprobación en los niveles pertinentes, siguiendo los procedimientos señalados por la Ley de Presupuesto y Directivas conexas.
Se encuentra prohibido consignar plazas dentro del Presupuesto Analítico de Personal que carezcan de respaldo presupuestal en el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales,
Los Presupuestos Analíticos de Personal son base para la formulación de la Planilla Única de Pagos.
Los Presupuestos Analíticos de Personal, de cada ejercicio presupuestal, se elaborarán sobre la base de datos que contiene el Presupuesto Analítico de Personal del año anterior, actualizando sobre dicha base, los diversos movimientos de personal que se ejecutaron con fecha posterior a su aprobación.